Actividades de la Comunidad Terapéutica

4 L.P.R.A. § 1682, under Ley del Programa de Rehabilitación de Comunidades Terapéuticas.

4 L.P.R.A. § 1682

(1) Las actividades de la Comunidades Terapéuticas estarán dirigidas a la búsqueda del cambio a través del encuentro y se dividen en las siguientes tres categorías:(1) Actividades destinadas a la propia supervivencia individual y grupal; las cuales incluyen la alimentación, limpieza y mantenimiento.(2) Actividades educativo-culturales.(3) Actividades plenamente terapéuticas.

(1) Actividades destinadas a la propia supervivencia individual y grupal; las cuales incluyen la alimentación, limpieza y mantenimiento.

(2) Actividades educativo-culturales.

(3) Actividades plenamente terapéuticas.