Instrumentos públicos—Contenido y forma de las actas

4 L.P.R.A. § 2049, under Ley Notarial de 1987.

4 L.P.R.A. § 2049

Las actas notariales deberán contener el número de escritura que les corresponda, la fecha en que se suscriban, la parte expositiva y la firma del notario. El requirente podrá firmar el acta si así lo desea o si lo requiere el notario.