Socios activos del actual Colegio

4 L.P.R.A. § 2200, under Ley del Colegio Notarial de Puerto Rico.

4 L.P.R.A. § 2200

La Asamblea del Colegio Notarial de Puerto Rico que por este capítulo queda creada, estará conformada por todos los socios activos del actual Colegio de Notarios de Puerto Rico a la fecha que entre en vigor esta ley. Su Junta de Gobierno será la Junta que se encuentre en funciones en este momento y su reglamento será el mismo que rija la anterior entidad, hasta tanto otra cosa disponga su Asamblea General en virtud de las facultades aquí conferidas.