Secretarios—Responsabilidad de la fianza

4 L.P.R.A. § 395, under Administracion del Tribunal.

4 L.P.R.A. § 395

El secretario responderá con su fianza oficial a cualquiera persona perjudicada por cualquier acto ilegal u omisión en cumplimiento de cualquier deber que le fuere impuesto por la ley, ya sea que dicho acto u omisión haya sido cometido por él, o por su subsecretario.