Los médicos y siquiatras a contratarse a virtud de las disposiciones de la sec. 554 de este título deberán cumplir con los requisitos que establece la sec. 1(b) de la Ley Núm. 383 de Abril 22, 1946.
4 L.P.R.A. § 555, under Instituciones Penales.
4 L.P.R.A. § 555
Los médicos y siquiatras a contratarse a virtud de las disposiciones de la sec. 554 de este título deberán cumplir con los requisitos que establece la sec. 1(b) de la Ley Núm. 383 de Abril 22, 1946.