Anotación de embargo y prohibición de enajenar

5 L.P.R.A. § 1132, under Registro de Transacciones de Cuotas de Producción de la Industria Lechera.

5 L.P.R.A. § 1132

(a) Podrán solicitar la anotación de embargo, prohibición para enajenar o cualquier orden de tribunal competente sobre la cuota:(a) El que obtuviese a su favor un mandamiento judicial de embargo sobre bienes muebles del deudor y titular de la cuota;(b) El que en un juicio reclame el cumplimiento de cualquier obligación y obtenga resolución o sentencia ordenando la prohibición de enajenar la cuota contra el titular registral de la misma.(c) Cualquier entidad gubernamental, estatal o federal que obtenga a su favor un mandamiento judicial de embargo, resolución o sentencia ordenando la prohibición de enajenar la cuota contra el titular registral de la misma.

(a) El que obtuviese a su favor un mandamiento judicial de embargo sobre bienes muebles del deudor y titular de la cuota;

(b) El que en un juicio reclame el cumplimiento de cualquier obligación y obtenga resolución o sentencia ordenando la prohibición de enajenar la cuota contra el titular registral de la misma.

(c) Cualquier entidad gubernamental, estatal o federal que obtenga a su favor un mandamiento judicial de embargo, resolución o sentencia ordenando la prohibición de enajenar la cuota contra el titular registral de la misma.