Reglamentación de procesos administrativos

5 L.P.R.A. § 1309, under Alimentación de Cerdos y Aves de Corral con Desperdicios.

5 L.P.R.A. § 1309

El Secretario de Agricultura adoptará las reglas y reglamentos necesarios para la aplicación de este capítulo conforme los procedimientos establecidos en la sec. 1304 de este título y con sujeción a las disposiciones de la Ley Núm. 112 de 30 de junio de 1957, conocida como “Ley sobre Reglamentos de 1958”.