Pago de multas

5 L.P.R.A. § 1683, under Animales Perjudiciales.

5 L.P.R.A. § 1683

Queda establecido que, del convicto no poder pagar cualquier multa impuesta, por el tribunal, éste tendrá que cumplir cárcel, lo que se computará a base de cincuenta dólares ($50) por día.