Transferencia de derechos de desarrollo y servidumbres de conservación

5 L.P.R.A. § 1789, under Desarrollo Agrícola del Corredor Agrícola de la Costa Sur.

5 L.P.R.A. § 1789

Se establece como política pública fomentar la utilización de herramientas que viabilizan la protección y conservación de terrenos de alto valor agrícola, según establecidas en las leyes vigentes de Puerto Rico.