Creación

5 L.P.R.A. § 318, under Programas de Producción de Café.

5 L.P.R.A. § 318

Bajo la dirección y supervisión del Secretario de Agricultura de Puerto Rico se establece un programa de incentivos, servicios y otras medidas que propendan al desarrollo integrado de la zona cafetalera de Puerto Rico, tanto en el aspecto agrícola como industrial.