Propósitos

5 L.P.R.A. § 323c, under Oficina de Cafés de Puerto Rico.

5 L.P.R.A. § 323c

Esta Oficina tiene como propósito principal consolidar las actividades gubernamentales del Departamento de Agricultura de Puerto Rico relacionadas y dirigidas a la siembra, cultivo y cosecha de café bajo un mismo ente promotor y desarrollador, y desde donde se concentre la planificación, otorgación de incentivos, administración de programas, investigación y desarrollo de la industria cafetalera. Esta Oficina en coordinación con el sector privado, agencias estatales y federales, será responsable de promover el desarrollo de la producción local. Tendrá como fin la transformación de una industria para la producción de café en Puerto Rico para suplir el consumo local, la sustitución de importaciones, el apoyo en la exportación de cafés especiales, la estabilidad de los mercados domésticos y para la aplicación de nueva ciencia y tecnología en pro de su desarrollo económico y social de la región cafetelera.

La Oficina estará obligada a planificar, presupuestar y administrar un presupuesto creado con al menos un 50% del ingreso neto del Programa de Compra Venta de Café o $50 por cada quintal semitostado importado, lo que sea mayor, a programas, iniciativas e incentivos para la compra, siembra y producción de café. Este presupuesto no incluirá gastos por labores administrativas, nómina u otros gastos relacionados a la operación de la Oficina, ADEA o el Departamento.