La cooperativa quedará debidamente constituida cuando el Departamento de Estado registre sus cláusulas y emita el correspondiente certificado de registro.
5 L.P.R.A. § 4414, under Ley del Registro Digital de Agricultores y Productos Locales.
5 L.P.R.A. § 4414
La cooperativa quedará debidamente constituida cuando el Departamento de Estado registre sus cláusulas y emita el correspondiente certificado de registro.