(a) Las cooperativas llevarán y mantendrán actualizado un registro de socios, el cual contendrá la siguiente información:(a) Nombre, dirección y ocupación de cada uno de los socios, debiendo verificar las credenciales e identidad de tales socios;(b) cantidad de acciones que posea cada socio, con su correspondiente numeración, cuando estén enumeradas, y la suma pagada por tales acciones;(c) la fecha exacta del ingreso del socio a la cooperativa, y(d) la fecha en que el socio deje de pertenecer a la cooperativa y la razón para ello.Las cooperativas también llevarán y mantendrán un registro de las personas o entidades que reciban servicios de la cooperativa.
(a) Nombre, dirección y ocupación de cada uno de los socios, debiendo verificar las credenciales e identidad de tales socios;
(b) cantidad de acciones que posea cada socio, con su correspondiente numeración, cuando estén enumeradas, y la suma pagada por tales acciones;
(c) la fecha exacta del ingreso del socio a la cooperativa, y
(d) la fecha en que el socio deje de pertenecer a la cooperativa y la razón para ello.Las cooperativas también llevarán y mantendrán un registro de las personas o entidades que reciban servicios de la cooperativa.
Las cooperativas también llevarán y mantendrán un registro de las personas o entidades que reciban servicios de la cooperativa.