La terminación

5 L.P.R.A. § 4441, under Ley del Registro Digital de Agricultores y Productos Locales.

5 L.P.R.A. § 4441

(a) Los socios de una cooperativa podrán ser separados y privados de sus derechos cuando incurran en una o más de las siguientes causas:(a) Muerte del socio;(b) renuncia del socio;(c) expulsión del socio, o(d) disolución de la cooperativa.

(a) Muerte del socio;

(b) renuncia del socio;

(c) expulsión del socio, o

(d) disolución de la cooperativa.