Liga de Cooperativas—Quórum

5 L.P.R.A. § 4548, under Ley del Registro Digital de Agricultores y Productos Locales.

5 L.P.R.A. § 4548

Los congresos de la Liga estarán legalmente constituidos cuando estén presentes un número no menor de un veinte por ciento (20%) de los delegados de sus cooperativas afiliadas, cada cooperativa tendrá derecho a un delegado en propiedad y uno suplente.