En caso de venta, el nuevo propietario deberá ser admitido como socio titular de la cooperativa según las disposiciones de este capítulo, previo a la transacción de compraventa de la unidad de vivienda.
5 L.P.R.A. § 4619, under Ley del Registro Digital de Agricultores y Productos Locales.
5 L.P.R.A. § 4619
En caso de venta, el nuevo propietario deberá ser admitido como socio titular de la cooperativa según las disposiciones de este capítulo, previo a la transacción de compraventa de la unidad de vivienda.