El Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales cobrará la contribución correspondiente, de la misma forma en que se cobra la propiedad inmueble.
5 L.P.R.A. § 4825, under Desarrollo Agrícola—Valle de Añasco.
5 L.P.R.A. § 4825
El Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales cobrará la contribución correspondiente, de la misma forma en que se cobra la propiedad inmueble.