Destacamento de policías

5 L.P.R.A. § 694, under Sanidad Animal.

5 L.P.R.A. § 694

El Gobernador de Puerto Rico queda por la presente autorizado para destacar el número de policías estaduales que estimare conveniente para actuar como delegados o ayudantes de los inspectores veterinarios adscritos al Departamento de Salud, y al ser destacados como queda dicho, ejercerán dichos policías todas las facultades correspondientes a dichos inspectores veterinarios que el Gobernador determinare al destacarlos para el mencionado servicio.