Prohibiciones

5 L.P.R.A. § 815b, under Sanidad Animal.

5 L.P.R.A. § 815b

Se prohíbe la introducción y el mercadeo en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico de aves que padezcan de enfermedades infecciosas y/o contagiosas y de aves y huevos para incubar que sean portadores o transmisores de, o que hubieren estado expuestos a, enfermedades infecciosas y/o contagiosas.