Conservación de carreteras estaduales que discurren por zonas urbanas—Conservación; uso de material bituminoso

9 L.P.R.A. § 14, under Construcción y Conservación de Carreteras.

9 L.P.R.A. § 14

El Secretario de Transportación y Obras Públicas conservará dichas travesías en la misma forma que el resto de las carreteras y, en caso de que los recursos de que disponga lo permitan, podrá disponer el empleo de material bituminoso en la conservación de alguna o todas las travesías, según él lo considere conveniente.