Violaciones—Entrada de información falsa al sistema de computadoras o expedientes

9 L.P.R.A. § 3224, under Propiedad Vehicular.

9 L.P.R.A. § 3224

Toda persona, funcionario o empleado público que directamente o por persona intermedia voluntariamente entre, alimente o supla información falsa a cualquier expediente gubernamental físico de vehículo de motor o al sistema de computadoras o voluntariamente por sí o a través de otra persona elimine, modifique o cambie la información contenida en el sistema de computadoras o en cualquier expediente gubernamental físico de vehículo de motor a sabiendas de que dichos actos no proceden, incurrirá en delito grave de cuarto grado.