A los fines de esta sección, se define como entidad comercial a los acreedores financieros, concesionarios de ventas de vehículos de motor y gestores de licencias.
Toda entidad comercial realizará todas las transacciones y trámites relacionados a vehículos de motor a través de las plataformas digitales provistas o autorizadas por el Departamento, en la medida en que dichas transacciones y trámites estén disponibles para realizarse a través de las plataformas digitales, incluyendo las existentes actualmente y cualquier otra plataforma digital que pueda existir en el futuro.
El importe total de los derechos que las entidades comerciales paguen por las transacciones efectuadas mediante el uso de dichas plataformas digitales consistentes en transacciones para la inscripción y perfeccionamiento de algún gravamen o garantía sobre el bien adquirido por un acreedor, arrendador o vendedor bajo un contrato de financiamiento de vehículos de motor o arrastres, se considerarán derechos pagaderos por ley al Departamento.