Clasificación de los certificados de licencias de conducir

9 L.P.R.A. § 5053, under Ley de Vehículos y Tránsito del 2000.

9 L.P.R.A. § 5053

(a) Se establecen las siguientes clasificaciones de los certificados de licencias de conducir:(a) De aprendizaje.(b) De conductor.(c) De chofer.(d) De conductor de vehículos pesados de motor, la cual se subdividirá en:(1) De conductor de vehículos pesados de motor tipo I(2) De conductor de vehículos pesados de motor tipo II(3) De conductor de vehículos pesados de motor tipo III(e) De conductor de motocicletas.(f) De conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre.La Comisión autorizará un endoso especial a toda persona que cualifique para transportar materiales peligrosos.La Comisión determinará mediante reglamento los requisitos para las clasificaciones de los certificados de licencias de conducir de chofer, conductor de vehículos pesados de motor, conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre.

(a) De aprendizaje.

(b) De conductor.

(c) De chofer.

(d) De conductor de vehículos pesados de motor, la cual se subdividirá en:(1) De conductor de vehículos pesados de motor tipo I(2) De conductor de vehículos pesados de motor tipo II(3) De conductor de vehículos pesados de motor tipo III

(1) De conductor de vehículos pesados de motor tipo I

(2) De conductor de vehículos pesados de motor tipo II

(3) De conductor de vehículos pesados de motor tipo III

(e) De conductor de motocicletas.

(f) De conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre.

La Comisión autorizará un endoso especial a toda persona que cualifique para transportar materiales peligrosos.

La Comisión determinará mediante reglamento los requisitos para las clasificaciones de los certificados de licencias de conducir de chofer, conductor de vehículos pesados de motor, conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre.