Análisis y tabulación de informes de accidentes por el Departamento

9 L.P.R.A. § 5109, under Ley de Vehículos y Tránsito del 2000.

9 L.P.R.A. § 5109

El Departamento deberá tabular y podrá analizar todos los informes de accidentes que se reciban en cumplimento de lo dispuesto en este capítulo y publicará anualmente, o a intervalos más cortos, información estadística basada en dichos informes, incluyendo datos sobre el número y las circunstancias de los accidentes de vehículos.