Facultad para reglamentar

9 L.P.R.A. § 5625, under Ley de Vehículos y Tránsito del 2000.

9 L.P.R.A. § 5625

El Secretario aprobará y promulgará la reglamentación necesaria para implantar las disposiciones de este capítulo en cuanto a multas o violaciones a los reglamentos por los concesionarios, en conjunto con la Comisión.