Penalidades

9 L.P.R.A. § 5714, under Ley de Vehículos y Tránsito del 2000.

9 L.P.R.A. § 5714

Las infracciones a este subcapítulo y a los reglamentos promulgados por el Secretario estableciendo el carril especial serán considerados como falta administrativa y acarrearán una multa de cien (100) dólares.