68 chapters · 1,555 sections in this title.
20 L.P.R.A. § 3101 Título
0.2K chars
Este capítulo se conocerá como “Ley para Reglamentar el Ejercicio de las Profesiones de Patología del Habla-Lenguaje, Audiología y Terapia del Habla-Lenguaje en Puerto Rico”.
20 L.P.R.A. § 3102 Definiciones
4.9K chars
(a) Audiología.— A los fines de este capítulo, los siguientes términos tienen el significado que a continuación se expresa a no ser que el contexto claramente indique otra cosa:(a) Audiología.— Es la disciplina que comprende la prevención, evaluación, diagnóstico y tratamiento de…
20 L.P.R.A. § 3103 Creación
0.2K chars
Se crea la Junta Examinadora de Patólogos del Habla-Lenguaje, Audiólogos y Terapistas del Habla-Lenguaje de Puerto Rico, adscrita al Departamento de Salud, con los deberes y facultades que más adelante se disponen.
20 L.P.R.A. § 3104 Miembros de la Junta
0.1K chars
La Junta estará compuesta de cinco (5) miembros, quienes serán nombrados por el gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
20 L.P.R.A. § 3105 Miembros—Requisitos
1.1K chars
Los miembros de la Junta deberán ser ciudadanos de los Estados Unidos y haber residido en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico por lo menos tres (3) años inmediatamente antes de su nombramiento. Deberán poseer una licencia para ejercer la profesión en Puerto Rico y haber estad…