122 chapters · 2,309 sections in this title.
3 L.P.R.A. § 7001 Pensión
2.1K chars
(a) Todos los empleados del municipio de San Juan, que sean empleados del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades, que al 1ro de julio de 1998, hayan completado veinticuatro y medio (24½) años o más de servicios acreditables, y que …
3 L.P.R.A. § 7002 Prelación
0.6K chars
El municipio de San Juan completará el Programa de Retiro Temprano en un término de dieciocho (18) meses, a partir del 1ro de julio de 1998. En el ejercicio de sus facultades constitucionales bajo el Art. III de la Constitución, la Asamblea Legislativa tiene como intención que el…
3 L.P.R.A. § 7003 Reclutamiento
0.3K chars
El municipio de San Juan no podrá sustituir por ningún método de reclutamiento más del diez por ciento (10%) de los empleados que se acojan a este capítulo, por un término fijo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de efectividad del retiro.
3 L.P.R.A. § 7004 Costo
2.8K chars
La totalidad del costo actuarial de las pensiones que se proveen en este capítulo, en los casos de los empleados que hayan cotizado los años de servicio necesarios para cualificar bajo alguna de las alternativas provistas en la sec. 7001 de este título, será pagado por el municip…