65 chapters · 1,049 sections in this title.
5 L.P.R.A. § 671 Introducción en Puerto Rico de animales enfermos o de productos de animales enfermos; prohibición
0.6K chars
El Secretario de Salud previa aprobación del Consejo de Secretarios podrá periódicamente prohibir la importación o introducción en Puerto Rico o en determinado puerto del mismo, de animales, o de carnes, cueros, pezuñas, cuernos u otras partes de animales, o de heno, paja, forraj…
5 L.P.R.A. § 672 Desempeño de deberes por funcionarios
0.4K chars
Los veterinarios y demás inspectores y funcionarios del Gobierno, al recibir noticias de la supuesta existencia de cualquiera enfermedad infecciosa o contagiosa entre los animales, se trasladarán al lugar mencionado, con toda la diligencia posible, y cumplirán sus obligaciones de…
5 L.P.R.A. § 673 Declaración de lugar infectado
0.6K chars
Siempre que el inspector encontrare o sospechare que existe alguna enfermedad infecciosa o contagiosa de animales, procederá a hacer una declaración del hecho, por escrito y bajo su firma, y entregará copia de dicha declaración al ocupante del pasto, establo, ranchón u otro lugar…
5 L.P.R.A. § 674 Determinación de lugar infectado
0.6K chars
Cuando un inspector hiciere tal declaración de la existencia de enfermedad infecciosa o contagiosa de animales, remitirá cuanto antes fuere posible, una copia de la misma al Secretario de Salud, y si resultare existir alguna enfermedad infecciosa o contagiosa, así lo declarará el…