All Roll Calls
Yes: 70 • No: 2
Sponsored By: José F. Aponte Hernández (PNP)
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2 provisions identified: 0 benefits, 1 costs, 1 mixed.
The law requires trainers for teams in clubs tied to the Department or sports federations with minors under 18 to pass a police background check and a drug test. A certified lab sends results directly to the Department, and the applicant pays the full cost. Clubs and federations may not hire or use a trainer for activities with minors until these results are on file. The Department sets which drugs are tested and lists approved labs in regulations. Trainers who already held a license must file a negative test within 60 days after the new rules are approved. The law takes effect 180 days after approval.
Licensed trainers are subject to random, periodic drug testing while a license is valid. Tests are limited to drugs in Classes I and II under Puerto Rico’s controlled substances law. If a test is positive for a Class II drug, the trainer can show a valid prescription. Rules must cover notice of a positive, a chance to challenge it, provisional steps, and protection of minors. Trainers registered as medical cannabis patients under Law 42-2017 are recognized as an exception when they do not pose a risk to minors. The Department’s rules set the drug panel and ensure truly random selection.
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José F. Aponte Hernández
PNP • House
There are no cosponsors for this bill.
All Roll Calls
Yes: 70 • No: 2
Senate vote • 3/12/2026
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 22 • No: 1
House vote • 11/3/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 48 • No: 1
Ley Núm. 59 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente del Senado
Firmado por el Presidente de la Cámara
Se dispone que sea enrolado
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Quedó Pendiente de Acción Posterior en la Cámara
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
Se dispone que sea enrolado
3/19/2026
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
11/3/2025
Radicado
3/21/2025
PC 0845 — Para declarar el mes de junio de cada año como el "Mes para Promover la Donación Sangre en Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0767 — Para enmendar el inciso (b) de la Sección 3 y el inciso (a) de la Sección 4 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos", para realizar emniendas técnicas, y añadir a los funcionarios y empleados del Departamento de Seguridad Pública y del Departamento de Educación en la definición de "empleado" con el fin de conformarla al estado de derecho vigente.
PC 0142 — Para enmendar los Articulos 2 y 7 de la Ley 151-2004, segun ernnendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de consolidar denh·o de dicha Ley, las disposiciones relativas a la aplicación de la polftica pública que establece que las agendas y corporaciones publicas que rinden servicios basicos a la ciudadania, deben instituir programas de información y educación sabre los planes y proyectos de mejoras que lleven a cabo; derogar la Ley 98-2002, conocida coma "Ley de Información de Educación e Información al Usuario de Servicios Gubernamentales"; y para otros fines relacionados.
PS 0927 — Para crear la "Ley de Reflexión y Meditación en las agencias, dependencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico; establecer la política pública; disposiciones administrativas; y para otros fines relacionados.
PS 0676 — Para añadir un nuevo inciso (b) al Artículo 87 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico"; renumerar los actuales incisos (b), (c), (d) y (e), como incisos (c), (d), (e) y (f), respectivamente, a los fines de establecer el periodo de prescripción de diez (10) años en delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero cuando la cuantía de tales actos ascienda a quinientos mil dólares ($500,000) o más; enmendar los Artículos 9.05 y 9.06 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002"; y enmendar el Artículo 409 de la Ley Núm. 60 de 18 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley Uniforme de Valores", a los fines de establecer un período prescriptivo de diez (10) años en los delitos y penalidades tipificados en estas Leyes; y para otros fines relacionados.
PS 0356 — Para enmendar el Artículo 16.1 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004", a los fines de fijar en tres (3), las personas que integran el Comité de Supervisión; y para otros fines relacionados.
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