Interés; determinación

17 L.P.R.A. § 1026, under Seguro, Coaseguro y Reaseguro de Hipotecas.

17 L.P.R.A. § 1026

Para determinar la tasa de interés que pagará el beneficiario, la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico o un acreedor hipotecario participante en el Programa obtendrá evidencia del ingreso y de la composición familiar del solicitante.