Reclamación de beneficios

17 L.P.R.A. § 1481r, under Viviendas de Interés Social para Personas con Impedimentos o de Edad Avanzada.

17 L.P.R.A. § 1481r

Los beneficios otorgados por la sec. 1481l de este título podrán ser reclamados durante años contributivos comenzados antes del 1 de enero de 2020.