(1) El ingreso mensual ajustado será igual a una doceava parte (1⁄12) del ingreso total de la familia después de restarle a éste los siguientes créditos:(1) 10% del ingreso bruto anual para deducciones en nómima.(2) $300 por cada dependiente menor de 21 años que no esté trabajando.(3) $300 por cualquier miembro de la familia mayor de 65 años que no reciba ingresos.(4) $300 por cualquier miembro de la familia que esté física o mentalmente incapacitado.(5) $300 por cada dependiente mayor de 21 años de edad, que esté cursando estudios universitarios.
(1) 10% del ingreso bruto anual para deducciones en nómima.
(2) $300 por cada dependiente menor de 21 años que no esté trabajando.
(3) $300 por cualquier miembro de la familia mayor de 65 años que no reciba ingresos.
(4) $300 por cualquier miembro de la familia que esté física o mentalmente incapacitado.
(5) $300 por cada dependiente mayor de 21 años de edad, que esté cursando estudios universitarios.
El monto del ingreso mensual ajustado se computará al momento de determinar el subsidio que corresponda a la familia interesada.