Administración del programa de venta de solares

17 L.P.R.A. § 755, under Traspaso de Residenciales.

17 L.P.R.A. § 755

Se faculta al Secretario de la Vivienda a administrar el programa de venta de los solares a que se refiere este capítulo a través de los organismos adecuados del Departamento de la Vivienda.