Separabilidad

28 L.P.R.A. § 124, under Minas.

28 L.P.R.A. § 124

Si cualquier cláusula, párrafo, sección, artículo o parte de este capítulo fuere declarada inconstitucional por una corte de jurisdicción competente, la sentencia dictada a ese efecto no afectará, perjudicará, o invalidará el resto de este capítulo quedando sus efectos limitados a la cláusula, párrafo, sección, artículo o parte de este capítulo que fuere así declarada inconstitucional.