Arrendamiento de playas para fines de recreo y facilidades turísticas—Reglamentación

28 L.P.R.A. § 19, under Venta o Arrendamiento de Terrenos Públicos.

28 L.P.R.A. § 19

Se faculta al Secretario de Transportación y Obras Públicas para que promulgue las reglas que estime necesarias para la tramitación de las concesiones autorizadas por las secs. 18 y 19 de este título.