Se faculta a la Oficina para imponer sanciones y multas administrativas por infracciones a este capítulo, previa celebración de vistas públicas de naturaleza cuasi judicial. Las multas administrativas no excederán de cincuenta mil dólares ($50,000).
28 L.P.R.A. § 219, under Arena, Grava y Piedra.
28 L.P.R.A. § 219
Se faculta a la Oficina para imponer sanciones y multas administrativas por infracciones a este capítulo, previa celebración de vistas públicas de naturaleza cuasi judicial. Las multas administrativas no excederán de cincuenta mil dólares ($50,000).