El Secretario de Transportación y Obras Públicas queda facultado para disponer por reglamento cualquier medida encaminada a poner en práctica las disposiciones de las secs. 31 a 31o de este título aplicables a los terrenos bajo su custodia.
28 L.P.R.A. § 31n, under Venta o Arrendamiento de Terrenos Públicos.
28 L.P.R.A. § 31n
El Secretario de Transportación y Obras Públicas queda facultado para disponer por reglamento cualquier medida encaminada a poner en práctica las disposiciones de las secs. 31 a 31o de este título aplicables a los terrenos bajo su custodia.