La Autoridad queda por la presente facultada para de tiempo en tiempo emitir bonos hasta una suma igual al setenta y cinco por ciento (75%) del precio de compra de las tierras que haya adquirido.
28 L.P.R.A. § 361, under Finanzas.
28 L.P.R.A. § 361
La Autoridad queda por la presente facultada para de tiempo en tiempo emitir bonos hasta una suma igual al setenta y cinco por ciento (75%) del precio de compra de las tierras que haya adquirido.