Reglamentación

28 L.P.R.A. § 37f, under Arrendamiento de Estacionamientos.

28 L.P.R.A. § 37f

Se autoriza a la Junta a adoptar las normas y reglamentación necesaria para llevar a cabo los propósitos de este capítulo. Este Reglamento deberá estar disponible dentro de los treinta (30) días posteriores a la aprobación de esta ley.