Asignación

28 L.P.R.A. § 501, under Siembras de Arroz en Escala Comercial.

28 L.P.R.A. § 501

Se asigna a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, con cargo a fondos no comprometidos en el Tesoro Estatal, la cantidad de trescientos mil dólares ($300,000) para iniciar siembras de arroz en escala comercial.