Arrendamiento de Isla de Mona a EE. UU.—Pactos, condiciones y estipulaciones

28 L.P.R.A. § 52, under Arrendamiento de Estacionamientos.

28 L.P.R.A. § 52

Para facilitar y perfeccionar el otorgamiento del expresado contrato de arrendamiento con los Estados Unidos, se autoriza al Secretario de Transportación y Obras Públicas, sin que esto se entienda ser una limitación a sus actuales facultades y atribuciones, a establecer en dicho contrato cuantos pactos, condiciones o estipulaciones fueren procedentes o él estimare convenientes a la transacción.