Sentencia firme; inscripciones y cancelaciones procedentes

30 L.P.R.A. § 6066, under Forma y Efecto de las Anotaciones Preventivas.

30 L.P.R.A. § 6066

Cuando por sentencia firme se resuelva en sentido favorable la reclamación a que se refieren los incisos (1) y (2) de la sec. 6064 de este título, el Registrador practicará los asientos de inscripción y cancelación procedentes. La orden y mandamiento judicial serán título suficiente para efectuar la inscripción que corresponda y también lo será la escritura de venta judicial en los casos de ejecución mediante subasta pública.