Derecho de superficie sobre el terreno

30 L.P.R.A. § 6269, under Derecho de Superficie.

30 L.P.R.A. § 6269

En todo caso en que se conceda el derecho de superficie sobre parte de un terreno, solamente se expresará la porción del área y lugar que ocupará el derecho de superficie. El área se expresará en el sistema métrico decimal. Se entenderá por lugar el municipio y barrio donde ubica el terreno.