Las agencias adoptarán un reglamento estableciendo, de acuerdo a la sec. 102 de este título, los criterios de elegibilidad de las entidades sin fines pecuniarios y los trámites o procedimientos para implantar las disposiciones de este capítulo.
6 L.P.R.A. § 107, under Adquisición de Terrenos Públicos.
6 L.P.R.A. § 107
Las agencias adoptarán un reglamento estableciendo, de acuerdo a la sec. 102 de este título, los criterios de elegibilidad de las entidades sin fines pecuniarios y los trámites o procedimientos para implantar las disposiciones de este capítulo.