Junta—Reuniones y quórum

7 L.P.R.A. § 1334d, under Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas.

7 L.P.R.A. § 1334d

La Junta se reunirá en sesión ordinaria por lo menos cada tres (3) meses y podrá celebrar las reuniones extraordinarias que sean necesarias para atender los asuntos de la Corporación. Cinco (5) miembros de la Junta constituirán quórum y todos los acuerdos se tomarán por una mayoría de los miembros que constituyan quórum, excepto en lo que respecta a la adopción de reglamentos que se regirá por lo dispuesto en el inciso (a) de la sec. 1334e de este título.