Reconsideración de decisiones del Comisionado

7 L.P.R.A. § 2014, under Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras.

7 L.P.R.A. § 2014

Cuando alguna ley especial que administre el Comisionado no disponga lo contrario, cualquier parte afectada por una decisión del Comisionado podrá solicitar la reconsideración dentro del término de quince (15) días a partir de la fecha de la notificación de la decisión.