Evaluación

7 L.P.R.A. § 254a, under Regulación de los Depósitos de Fondos Públicos.

7 L.P.R.A. § 254a

El Secretario podrá solicitar al Comisionado que examine las instituciones financieras a ser designadas o que hayan sido designadas como depositarias de fondos públicos para determinar la condición de sus finanzas o para asegurar el cumplimiento con las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos. Cuando el examen se realice a una institución financiera cuya autorización para operar no es emitida por la Oficina del Comisionado, se cobrará por concepto de derechos la cantidad de cien dólares ($100) por día o fracción del mismo, por cada funcionario que intervenga en dicho examen. Los cargos por cada examen nunca serán menores de quinientos dólares ($500).

Los fondos que se recauden por concepto de los derechos aquí establecidos ingresarán al Fondo Especial creado por la sec. 7 del Título 13.