Multas administrativas

7 L.P.R.A. § 277, under Comprobante de los Intereses Pagados.

7 L.P.R.A. § 277

El Departamento de Asuntos del Consumidor podrá imponer multas administrativas a las instituciones que violen este capítulo o los reglamentos emitidos a su amparo, a tenor con las disposiciones de la sec. 341q del Título 3.