Exención de contribuciones sobre la propiedad

7 L.P.R.A. § 3100, under Ley Reguladora del Centro Financiero Internacional.

7 L.P.R.A. § 3100

Estarán exentas de la imposición de contribuciones sobre la propiedad los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, pertenecientes a una entidad financiera internacional debidamente autorizada bajo este capítulo.